Introducción
La sepsis, también conocida como septicemia, es una condición grave que puede derivar en complicaciones fatales si no se diagnostica y trata a tiempo. En muchos casos, la negligencia médica juega un papel determinante en la evolución adversa de la enfermedad.
Recomendamos la lectura de: QUE ES LA SEPSIS Y CÓMO IDENTIFICAR UNA NEGLIGENCIA MÉDICA
A continuación, se presentan varios Diez casos ganados de Negligencia Médica en Sepsis, casos en los que los tribunales han reconocido la responsabilidad médica en perjuicio de los pacientes.
Según la Universidad de Navarra: «Múltiples microorganismos pueden inducir sepsis y shock séptico. Los gérmenes gram negativos han sido tradicionalmente los causantes de un mayor número de sepsis bacteriana (E.coli, Klebsiella, Enterobacter, Proteus y Pseudomonas) y cuadros más graves de sepsis y shock séptico hasta en un 40% de los casos. En los últimos años ha cambiado la epidemiología debido a la inducción de gérmenes resistentes, a la aparición de terapias inmunosupresoras y a la generalización de catéteres y dispositivos endovasculares, aumentando la incidencia de sepsis por gérmenes gram positivos (sobre todo por estafilococos) y en menor medida, por hongos y micobacterias«
Existen páginas especializadas en sepsis donde encontrarás toda la información necesaria para los casos de negligencias médicas en sepsis: SEPSIS.ES
Caso 1: Negligencia en el Hospital de Getafe. Condena por una perforación en una colonoscopia que deriva en fallecimiento por sepsis
¿Qué ocurrió?
Una paciente de 64 años ingresó en el Hospital de Getafe con cirrosis hepática no diagnosticada, hipertensión, diabetes y anemia, donde sufrió una perforación de colon durante una colonoscopia y fue dada de alta, al día siguiente, ingresó de urgencia con dolor abdominal severo, pero los médicos descartaron la perforación y diagnosticaron erróneamente un síndrome postpolipectomía.
El 27 de abril se confirmó la perforación y peritonitis bacteriana, pero la cirugía se retrasó hasta el 28 de abril, cuando la paciente ya presentaba un fallo multiorgánico irreversible. Falleció el 6 de mayo de 2021.
Qué daños sufrió el paciente
La paciente desarrolló una sepsis grave secundaria a peritonitis, lo que derivó en un fallo multiorgánico irreversible y su posterior fallecimiento.
Negligencia cometida
El tribunal identificó varias negligencias que contribuyeron al fallecimiento:
• Se dio el alta prematura tras la colonoscopia sin establecer medidas adecuadas de vigilancia, a pesar del alto riesgo.
• La ausencia de una paracentesis diagnóstica inmediata impidió confirmar la infección mediante punción abdominal recomendada.
• Durante varios días, los signos de infección fueron ignorados, lo que provocó un diagnóstico erróneo y una demora en detectar la sepsis.
• Aunque la perforación se confirmó el 27 de abril, la cirugía no se realizó hasta el día siguiente, cuando la reversión ya no era posible.
Fallo judicial y análisis
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid condenó a la aseguradora del SERMAS, señalando que la antibioterapia antes de la punción y mantiene que:
«Si la intervención quirúrgica se hubiera realizado precozmente, las posibilidades de supervivencia de la paciente se habrían incrementado en un 46 %. En cambio, la mortalidad sin intervención o realizada demasiado tarde era del 100 %.»
Indemnización
El tribunal condenó a la Comunidad de Madrid y a su aseguradora a indemnizar con 100.000 euros a los familiares de la paciente.
Accede al caso completo aquí: https://sepsis.es/negligencia-en-el-hospital-de-getafe-condena-por-una-perforacion-en-una-colonoscopia-que-deriva-en-fallecimiento-por-sepsis/
Caso 2: Perforación intestinal, peritonitis, sepsis y negligencia médica. Una negligencia en el hospital La Paz.
¿Qué ocurrió?
Una paciente de 63 años ingresó al hospital tras sufrir un derrame cerebral. Durante su estancia en rehabilitación, presentó signos de perforación intestinal que no fueron atendidos a tiempo, lo que derivó en peritonitis y shock séptico.
Qué daños sufrió el paciente
La paciente desarrolló sepsis grave y falleció debido a la falta de un diagnóstico oportuno.
Negligencia cometida
• Retraso en el diagnóstico: No se realizaron pruebas de imagen a tiempo.
• Falta de coordinación médica: La comunicación ineficaz retrasó la atención adecuada.
Fallo judicial y análisis
El tribunal admitió la posición de los abogados de la familia, Aguirre Abogados, y estableció que hubo una vulneración de la «lex artis», ya que no se actuó conforme a los estándares médicos.
Indemnización
El tribunal dictaminó una compensación económica a la familia de la paciente, con 155.000 euros.
Accede al caso completo aquí: https://sepsis.es/perforacion-intestinal-peritonitis-sepsis-y-negligencia-medica-un-caso-real/
Caso 3: Fallece un niño de 13 años por un retraso en el diagnóstico de una sepsis. Una negligencia medica en el Hospital La Fe Valencia
¿Qué ocurrió?
El niño de 13 años ingresó en un centro de salud con un proceso infeccioso y, ante la gravedad de sus síntomas, fue trasladado al Hospital La Fe en ambulancia. A pesar de sus antecedentes de meningitis bacteriana, la evaluación inicial en urgencias no consideró esta posibilidad. No se realizó una anamnesis rigurosa ni pruebas adecuadas para descartar una infección grave.
El menor fue tratado por cefalea primaria sin considerar la meningitis bacteriana. Se omitieron pruebas diagnósticas fundamentales y no se administraron antibióticos empíricos desde el inicio, lo que resultó en una pérdida crítica de tiempo para su tratamiento.
Qué daños sufrió el paciente
El retraso en el diagnóstico y tratamiento provocó una pérdida de oportunidad estimada en un 90 %. El menor desarrolló un shock séptico y fallo multiorgánico que resultó en su fallecimiento el 4 de enero de 2015.
Negligencia cometida
• En el diagnóstico inicial, se trató el caso como cefalea primaria sin tomar en cuenta los antecedentes de meningitis bacteriana.
• No se llevaron a cabo las pruebas complementarias necesarias para descartar infecciones graves.
• La administración de antibióticos empíricos fue omitida, pese a que el cuadro clínico requería un tratamiento inmediato.
• Se permitió que el menor permaneciera sin la vigilancia adecuada ni una intervención oportuna durante su observación.
• Antes de trasladarlo a la UCI, se realizó un TAC cerebral, lo que ocasionó un retraso en su ingreso en cuidados intensivos.
Fallo judicial y análisis
El TSJ de Valencia determinó que el hospital incurrió en mala praxis, destacando que la atención brindada no cumplió con los estándares exigidos en un hospital de nivel terciario. La sentencia señala que:
«La mortalidad asociada a un tratamiento correcto de la meningitis bacteriana es de solo un 10 %. En este caso, el retraso en el diagnóstico y tratamiento provocó una pérdida de oportunidad estimada en un 90 %.»
«El centro hospitalario debió haber actuado con mayor diligencia en la evaluación inicial del paciente, considerando sus antecedentes y administrando tratamiento empírico inmediato.»
Indemnización
El tribunal condenó a la Consejería de Sanidad a indemnizar a los padres del menor con 125.000 euros más intereses desde la fecha de reclamación.
Accede al caso completo aquí: https://sepsis.es/indemnizacion-por-retraso-diagnostico-de-sepsis-que-causo-la-muerte-de-un-nino-de-13-anos-hospital-la-fe/
Caso 4: Condena a 4 Millones más intereses por una sepsis mal diagnosticada que obligó a amputar los miembros de la paciente
¿Qué ocurrió?
La paciente acudió al hospital para dar a luz. Durante el parto, se le practicó una episiotomía y fue dada de alta al día siguiente. Sin embargo, poco después, comenzó a experimentar dolores en el brazo y hombro derecho, dificultad para respirar y dolor en el flanco derecho.
A los dos días, regresó a urgencias con estos síntomas propios de una posible infección, no se le administró ningún antibiótico hasta las muchas horas más tarde, cuando se le diagnosticó sepsis, una infección grave cuyo diagnóstico tardío y la falta de tratamiento oportuno provocaron que la infección se complicara y derivara en un shock séptico.
Como consecuencia de la sepsis, la paciente sufrió graves secuelas, incluyendo la amputación de ambos miembros inferiores, del miembro superior izquierdo y de partes de su mano derecha.
Qué daños sufrió el paciente
Debido al diagnóstico tardío y la falta de tratamiento inmediato, la paciente sufrió amputaciones en los cuatro miembros, lo que impactó gravemente en su calidad de vida y movilidad.
Negligencia cometida
• Desde su ingreso en urgencias, los síntomas de infección eran evidentes, pero no se sospechó sepsis a tiempo.
• Los antibióticos fueron administrados con más de 12 horas de retraso, a pesar de los signos claros de infección.
• La monitorización en la UCI resultó insuficiente, ya que la paciente no recibió el seguimiento adecuado.
Fallo judicial y análisis
El tribunal concluyó que hubo negligencia médica, determinando que el tratamiento recibido no fue oportuno ni adecuado, lo que permitió la evolución de la sepsis hasta el shock séptico con graves secuelas. La sentencia señala:
«El retraso en la administración del antibiótico, que se produjo seis horas después de la llegada a urgencias, fue un factor decisivo en la agravación de la infección.»
«El suministro temprano de antibióticos podría haber mitigado la gravedad de la infección y posiblemente evitado las amputaciones.»
«Existe una relación causal clara entre el retardo en el tratamiento y las graves secuelas sufridas por la paciente.»
Indemnización
El tribunal amplió la indemnización inicial y condenó a 4.000.000 euros más intereses a IDCQ Hospitales y Sanidad S.L.U. y a MAPFRE España.
Accede al caso completo aquí: https://sepsis.es/error-diagnostico-sepsis-amputacion-indemnizacion/
Caso 5: Negligencia médica en el Hospital General de Segovia por una sepsis no detectada que acabó en fallecimiento de la paciente
¿Qué ocurrió??
Una mujer de 85 años falleció tras varias visitas al hospital debido a una perforación intestinal que derivó en un shock séptico. Su hija denunció negligencia médica en la atención recibida en el Hospital de Segovia, alegando que no se realizaron las pruebas necesarias para detectar la perforación a tiempo y que la demora en la intervención agravó su estado.
El 10 de octubre de 2020, la paciente acudió a urgencias con fuertes dolores en la ingle. Se le realizaron radiografías con presencia de aire en la cavidad abdominal, fue dada de alta con una inyección de morfina. Al día siguiente, su hija llamó una ambulancia para llevarla nuevamente al hospital. El 12 de octubre, se le practicó una cirugía de urgencia por una perforación intestinal en evolución. Tras la intervención, permaneció en reanimación, pero falleció el 14 de octubre por shock séptico.
Qué daños sufrió el paciente
El retraso en el diagnóstico y la falta de intervención temprana llevaron a la progresión de la peritonitis a un shock séptico, resultando en el fallecimiento de la paciente.
Negligencia cometida
• En la primera consulta, no se realizaron los análisis de sangre ni las radiografías de tórax o abdomen, a pesar de los síntomas presentes.
• El aire detectado en la cavidad abdominal en las radiografías del 10 de octubre no fue considerado un signo de gravedad.
• Los síntomas fueron interpretados como artrosis sin profundizar en otras posibles causas del dolor.
• No se detectó la perforación intestinal hasta el 12 de octubre, cuando el paciente ya se encontraba en estado crítico.
Fallo judicial y análisis
El tribunal determinó que la peritonitis que causó la muerte ya estaba presente en la primera visita al hospital el 10 de octubre de 2020. La sentencia destaca:
«Las radiografías del 10 de octubre mostraban un patrón de gases intestinales que, aunque no eran las proyecciones más adecuadas, debieron haber generado sospechas y conducido a pruebas adicionales.»
«La paciente, pese a su edad avanzada, era una persona independiente, por lo que la presencia de aire en su abdomen era un indicio anómalo que debía ser investigado.»
«La administración demandada es responsable por no actuar conforme a la lex artis, lo que tuvo un impacto directo en el desenlace fatal.»
Indemnización
El tribunal condenó a la Comunidad de Castilla y León y a su aseguradora SHAM, estableciendo que la asistencia sanitaria prestada fue deficiente y contribuyó al fallecimiento de la paciente.
Accede al caso completo aquí: https://sepsis.es/condena-al-hospital-general-de-segovia-por-una-sepsis-no-detectada-que-acabo-en-fallecimiento-de-la-paciente/
Caso 6: Sepsis o septicemia en el parto: Un fallo judicial que refuerza los derechos de los pacientes
¿Qué ocurrió?
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ) dictó la sentencia STSJ CAT 9528/2024, en la que reconoció la responsabilidad del hospital y de la Administración sanitaria por una infección nosocomial sufrida por un recién nacido tras su nacimiento. La infección derivó en secuelas neurológicas graves y, posteriormente, en su fallecimiento a los siete años.
El neonato, tras un parto sin complicaciones aparentes, comenzó a presentar síntomas leves que no fueron tratados con la urgencia necesaria. Horas después, se agravaron y se le diagnosticó sepsis neonatal causada por estreptococo del grupo B (EGB). Aunque recibió tratamiento, su estado derivó en daños irreversibles.
Los padres demandaron al hospital y a la Administración sanitaria, alegando que la infección se produjo dentro del centro hospitalario y que no se adoptaron medidas adecuadas para prevenirla. En primera instancia, su demanda fue desestimada por falta de pruebas concluyentes, pero el TSJ revocó el fallo en apelación, estableciendo un precedente clave en responsabilidad sanitaria.
Qué daños sufrió el paciente
El recién nacido desarrolló una sepsis neonatal que le dejó secuelas neurológicas permanentes, requiriendo cuidados intensivos hasta su fallecimiento a los siete años.
Negligencia cometida
• Falta de medidas preventivas en la sala de recién nacidos: No se implementaron protocolos adecuados para prevenir la transmisión de infecciones.
• Ausencia de supervisión médica: Se determinó que hubo un período sin vigilancia entre las 14:30 y las 19:00 horas, lo que retrasó el diagnóstico y el tratamiento.
• No adopción de medidas de aislamiento: Otro recién nacido en la misma sala estaba infectado con estreptococo del grupo B, pero no se tomaron precauciones adicionales.
Fallo judicial y análisis
El TSJ de Cataluña estableció que en casos de infecciones nosocomiales, la carga de la prueba recae sobre el hospital, que debe demostrar que cumplió estrictamente los protocolos de asepsia. En su fallo, el tribunal enfatizó:
«No basta con contar con protocolos de asepsia y profilaxis, sino que debe demostrarse que fueron escrupulosamente observados, y que la carga de dicha prueba corresponde al centro hospitalario, lo que no ha ocurrido respecto de la sala de recién nacidos.»
Además, fundamentó su decisión en la doctrina del daño desproporcionado, que protege a los pacientes de la carga de demostrar la negligencia en entornos hospitalarios donde la información relevante está en manos del centro sanitario. La sentencia cita jurisprudencia relevante del Tribunal Supremo:
«Cuando se producen daños que normalmente no ocurren sin una conducta negligente, corresponde al centro hospitalario demostrar que actuó conforme a la lex artis y que no hubo negligencia en su actuación.»
«El título de imputación de la responsabilidad patrimonial por los daños generados por la actividad administrativa puede radicar en la inadecuación de la prestación médica llevada a cabo.»
Indemnización
El tribunal estableció una indemnización de 412.651,22 euros para los padres del menor.
Accede al caso completo aquí: https://sepsis.es/sepsis-septicemia-en-el-parto/
Caso 7: El Supremo condena por negligencia en Quirón -Hospital San Carlos de Murcia- por un fallecimiento por infección intrahospitalaria
¿Qué ocurrió?
El Tribunal Supremo condenó al Hospital San Carlos de Murcia -Grupo Quirón- a indemnizar con 96.800 euros a la viuda e hijos de un paciente fallecido por una infección nosocomial adquirida en la UCI tras una intervención quirúrgica. La infección evolucionó a neumonía nosocomial, lo que provocó su fallecimiento. La sentencia revocó los fallos previos de primera instancia y apelación, subrayando la falta de medidas preventivas eficaces en el hospital.
El tribunal determinó que en estos casos no basta con la existencia de protocolos de asepsia, sino que los centros deben demostrar su cumplimiento estricto y documentado. Al no poder acreditar que se siguieron correctamente, la responsabilidad recae en el hospital.
Qué daños sufrió el paciente
El paciente sufrió una neumonía nosocomial que derivó en insuficiencia respiratoria y sepsis, causando su fallecimiento.
Negligencia cometida
• Falta de medidas preventivas adecuadas: El hospital no demostró que sus protocolos de asepsia se siguieron de manera rigurosa.
• Responsabilidad del centro hospitalario: Se estableció que la carga de la prueba corresponde al hospital y no a la familia del paciente.
• Incumplimiento de la lex artis: No se tomaron las medidas necesarias para evitar la infección.
Fallo judicial y análisis
El Tribunal Supremo concluyó que las infecciones hospitalarias no son inevitables y que los hospitales deben garantizar un entorno seguro para sus pacientes. La sentencia señala:
«No basta con contar con protocolos de asepsia y profilaxis, sino que debe demostrarse que fueron escrupulosamente observados.»
«El paciente que sufre una infección hospitalaria es acreedor de un tratamiento seguro y con garantías de protección.»
Además, el fallo aplica la doctrina de la responsabilidad objetiva, estableciendo que el hospital es responsable de la infección nosocomial sin necesidad de probar negligencia específica.
Indemnización
El Tribunal Supremo condenó al hospital y a sus aseguradoras Mapfre y Zurich a indemnizar con 96.800 euros a la familia del fallecido, más intereses.
Accede al caso completo aquí: https://sepsis.es/el-supremo-condena-a-quiron-hospital-san-carlos-de-murcia-por-un-fallecimiento-por-infeccion-intrahospitalaria/
Caso 8: Negligencia en el Hospital de La Coruña. Condena por no diagnosticar correctamente una sepsis que derivó en el fallecimiento de la paciente
¿Qué ocurrió?
Los hijos de una paciente fallecida demandaron al Servizo Galego de Saúde (SERGAS) y SegurCaixa Adeslas S.A., alegando que la atención médica en el Hospital Universitario de A Coruña (CHUAC) fue deficiente y provocó su muerte por shock séptico. La paciente acudió a urgencias con dolor abdominal agudo y vómitos, pero no se realizaron las pruebas necesarias para detectar una perforación intestinal, lo que impidió una intervención quirúrgica a tiempo.
El tribunal evaluó si existió negligencia médica al no realizar un diagnóstico precoz y si se produjo una pérdida de oportunidad terapéutica. Finalmente, determinó que la atención médica no cumplió con los estándares exigidos.
Qué daños sufrió el paciente
La paciente sufrió una perforación intestinal no diagnosticada, que evolucionó a peritonitis fecaloidea y shock séptico, provocando su fallecimiento.
Negligencia cometida
• No se realizaron pruebas diagnósticas adecuadas, como una radiografía en bipedestación o un TAC.
• Subestimación de los síntomas: La paciente presentaba signos de abdomen agudo y defensa abdominal desde su ingreso.
• Retraso en el diagnóstico y tratamiento: La cirugía se realizó más de 20 horas después del ingreso, cuando la paciente ya estaba en estado crítico.
Fallo judicial y análisis
El tribunal determinó que la actuación médica no se ajustó a la lex artis, pues se omitieron medidas diagnósticas clave. La sentencia señala:
«La paciente presentaba signos clínicos evidentes que exigían una exploración más profunda y la realización de pruebas adecuadas para detectar la perforación intestinal.»
«La omisión de medidas adicionales privó a la paciente de una oportunidad real de tratamiento que podría haber cambiado el desenlace.»
El tribunal reconoció la pérdida de oportunidad, concluyendo que una intervención quirúrgica temprana habría mejorado significativamente las posibilidades de supervivencia de la paciente.
Indemnización
El tribunal condenó al SERGAS y a SegurCaixa Adeslas S.A. a indemnizar a los hijos de la paciente por la pérdida de oportunidad terapéutica.
Accede al caso completo aquí: https://sepsis.es/sentencia-condena-al-sergas-hospital-de-la-coruna-por-no-diagnosticar-correctamente-una-sepsis-que-derivo-en-el-fallecimiento-de-la-paciente/
Caso 9: Negligencia médica en el Hospital Rey Juan Carlos de Móstoles
¿Qué ocurrió?
El paciente, de 73 años, con antecedentes de pancreatitis aguda de origen biliar, acudió al servicio de urgencias del Hospital Rey Juan Carlos el 11 de octubre de 2018 con un cuadro de dolor intenso. Se le diagnosticó pancreatitis aguda leve y se le dio el alta el 25 de octubre. Sin embargo, el 30 de octubre regresó a urgencias con un agravamiento del cuadro, diagnosticándose pancreatitis aguda grave con colecciones necróticas.
Durante los meses de noviembre y diciembre, su estado se deterioró progresivamente, desarrollando insuficiencia renal y respiratoria. Se le realizaron drenajes percutáneos y fue ingresado en la UCI el 12 de diciembre de 2018. Dos días después, tras la administración de un enema, desarrolló peritonitis y sepsis, que derivó en shock séptico. Falleció el 16 de diciembre de 2018.
Negligencia cometida
El tribunal analizó los informes periciales y determinó que hubo una pérdida de oportunidad en el tratamiento del paciente. Se identificaron los siguientes errores:
- No se realizó una colecistectomía antes de la crisis de pancreatitis.
- Se le dio el alta prematuramente el 25 de octubre de 2018 a pesar de seguir presentando signos de pancreatitis.
- No se le ingresó en la UCI cuando su estado lo requería, retrasando el tratamiento adecuado.
- Manejo inadecuado de los drenajes percutáneos, facilitando infecciones nosocomiales.
- Administración del enema el 14 de diciembre, que desencadenó la peritonitis y el shock séptico.
Fallo judicial y análisis
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (STSJ M 288/2025) concluyó que, aunque no hubo negligencia directa en la atención médica, sí existió una pérdida de oportunidad debido al retraso en la colecistectomía. Se determinó que esta intervención quirúrgica podría haber evitado la pancreatitis grave y, en consecuencia, el fallecimiento del paciente.
El tribunal señaló:
«Solo apreciamos, basándonos en el informe de la doctora, una pérdida de oportunidad al no haberse sometido antes al proceso quirúrgico de colecistectomía. De haberse acometido esta intervención antes del deterioro orgánico que motivó la evolución de la pancreatitis aguda del paciente, es posible que el mismo no hubiera fallecido» (F.D. 8º).
Debido a que la probabilidad de evitar el fallecimiento se estimó en un 90%, la indemnización se redujo proporcionalmente a esta cifra.
Indemnización
El tribunal estableció una indemnización total de 126.000 euros
Puedes acceder al caso completo aquí: Negligencia médica en el Hospital Rey Juan Carlos de Móstoles. Un caso de sepsis
Caso 10: Negligencia médica en Hospital San Rafael, Cádiz: condena penal por fallecimiento tras cirugía de columna
Introducción
La Audiencia Provincial de Cádiz, en su Sección Cuarta, ha dictado la sentencia SAP CA 2017/2024, de fecha 27 de septiembre de 2024, resolviendo un recurso de apelación sobre un caso de negligencia médica con consecuencias fatales. El tribunal ha confirmado la condena de un neurocirujano por homicidio por imprudencia grave, tras una operación de columna que derivó en una sepsis letal. La sentencia impone una pena de seis meses de prisión, inhabilitación profesional por un año y seis meses, y una indemnización conjunta con las aseguradoras Agrupación Mutual Aseguradora (AMA) y Zurich, así como la entidad hospitalaria José Manuel Pascual Pascual S.A.
¿Qué ocurrió?
El caso se centra en una paciente, quien acudió a consulta por problemas de ciática y recibió tratamiento conservador. Posteriormente, los médicos le diagnosticaron un quiste sinovial en la columna y derivada a neurocirugía. El médico condenado, especialista en cirugía de columna, la evaluó y determinó que era necesario realizar una artrodesis con laminectomía de S1 y fijación vertebral.
El médico realizó la intervención el 13 de marzo de 2014 en el Hospital San Rafael de Cádiz, pero la paciente comenzó a experimentar fuertes dolores tras recibir el alta el 17 de marzo de 2014. Ante su malestar, su esposo contactó con el médico, quien le indicó que, si persistían los síntomas, acudiera a urgencias. La paciente ingresó nuevamente en el hospital esa misma tarde.
A pesar del reingreso, el personal médico no realizó pruebas médicas inmediatas para valorar su estado, y solo recibió morfina para paliar el dolor. Su situación empeoró progresivamente hasta que, el 18 de marzo, ingresó en la UCI, donde se le diagnosticó una sepsis grave de origen quirúrgico. El 8 de abril de 2014, la infección le provocó un shock séptico que causó su fallecimiento.
¿Por qué fue reconocido el derecho?
El tribunal confirmó la condena del médico con base en los siguientes argumentos:
- Error de diagnóstico inicial:
«Pese a no reunir los síntomas necesarios para determinar que la paciente sufría un síndrome de cola de caballo, el médico optó por una cirugía invasiva que no estaba plenamente indicada» (F.D. 1º).
- Omisión del deber de cuidado tras la cirugía:
No se monitorizó adecuadamente el postoperatorio, pese a que la paciente presentaba niveles elevados de leucocitos en la analítica de alta, lo que podía indicar una infección.
- Cuando la paciente reingresó el 17 de marzo, no se le realizaron pruebas para detectar complicaciones postquirúrgicas.
«El acusado no ordenó pruebas complementarias ni adoptó medidas para descartar una infección, limitándose a prescribir analgésicos» (F.D. 1º).
- Retraso en el diagnóstico de la sepsis:
- La paciente no un facultativo la atendió hasta el 18 de marzo por la tarde, cuando ya presentaba un cuadro séptico avanzado.
- Se considera que, de haberse detectado la infección a tiempo, el tratamiento antibiótico adecuado podría haber evitado el desenlace fatal.
«El acusado, a sabiendas del reingreso de la paciente, no se comunicó con otro médico ni ordenó medidas para su evaluación» (F.D. 1º).
- Relación de causalidad entre la cirugía y la infección:
- Aunque no se realizó autopsia, el tribunal concluyó que la sepsis tenía su origen en la intervención quirúrgica.
- Se argumentó que el riesgo de infección era previsible y manejable si se hubieran seguido protocolos adecuados.
«El agente provocante de la sepsis fue el Staphylococcus aureus, cuya aparición está vinculada a la cirugía realizada» (F.D. 1º).
- Imprudencia grave:
- La conducta del médico constituyó una omisión del deber de cuidado, dejando a la paciente sin atención médica adecuada durante más de 20 horas.
- Se determinó que la falta de supervisión y tratamiento oportuno facilitó la progresión de la infección hasta un punto irreversible.
Conclusión
Este caso refuerza la importancia de un adecuado seguimiento postoperatorio y la necesidad de protocolos estrictos en la detección de infecciones quirúrgicas. La sentencia resalta que un error diagnóstico, por sí solo, no siempre es punible penalmente, pero una omisión grave en el cuidado del paciente puede derivar en responsabilidad penal.
Puedes acceder al caso completo aquí: Negligencia médica en el Hospital San Rafael de Cádiz, sepsis no detectada
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